Objetivo
Atender los requerimientos a largo plazo para financiar la compra, construcción, ampliación o remodelación de vivienda.
Recursos
Recursos captados por COFIDE.
Subprestatario
Persona natural, que además de ser calificada por una Institución Financiera Intermediaria (IFI) como sujeto de crédito, el solicitante y, en su caso, su cónyuge, conviviente e hijos menores de edad o bajo su patria potestad, no deberá tener ninguna propiedad destinada al uso de casa habitación en cualquier localidad del país y deberá comprometerse a considerar como vivienda permanente, la vivienda a ser financiada con los recursos de la Línea.
El Subprestatario presentará una Declaración Jurada de cumplimiento de los requisitos señalados en el párrafo anterior.
Modalidad
Los recursos que canalice COFIDE a cada IFI serán desembolsados mediante la modalidad de:
- Adelanto de Recursos;
- Operaciones Individuales; y,
- Reembolso de Operaciones
Destino
- La compra de vivienda única y permanente;
- La construcción o terminación de vivienda única y permanente;
- La ampliación o remodelación sobre vivienda única y permanente.
Condiciones Financieras
- Tasa de Interés y Comisiones a la IFI:
Las que determine COFIDE.
- Tasa de Interés y Comisiones al Subprestatario:
La que determine la IFI en negociación con el Subprestatario.
- Moneda:
COFIDE efectuará el desembolso de los préstamos en Dólares de los Estados Unidos de América y sus recuperaciones respectivas se efectuarán en la misma moneda del préstamo.
- Estructura de Financiamiento:
La Línea podrá financiar hasta el 80% del Valor de la Vivienda o del Valor de Tasación, el monto que resultase menor.
El Valor de la Vivienda no deberá exceder los US$120 mil dólares, de ser el caso, incluirá el IGV.
El monto de la cuota del Subpréstamo, no deberá superar el 30% del ingreso neto familiar mensual del Subprestatario.
- Plazo y forma de pago:
El plazo de reembolso de los préstamos que se otorguen, será de hasta 25 años.
Cuando se trate de construcción de viviendas, se podrá otorgar un periodo de gracia de hasta 6 meses, el mismo que de ser el caso, podrá incluir gracia total.
El pago se realizará preferentemente mediante cuotas mensuales fijas e iguales que incluyen capital e intereses.
Garantías
Conformadas por la constitución de la primera y preferente hipoteca a favor de la IFI, sobre la Vivienda materia del Subpréstamo, alternativamente la emisión del Título de Crédito Hipotecario Negociable sobre la Vivienda endosado a favor de la IFI o la constitución de un fideicomiso en garantía sobre la Vivienda financiada con cargo a los recursos de la Línea.
Desembolsos
Los desembolsos podrán realizarse bajo tres modalidades:
1. Operaciones Individuales
El IFI solicitará el desembolso de una operación individual, presentando los siguientes documentos:
- Carta Solicitud de desembolso.
- Declaración Jurada del Subprestatario.
- Informe de Crédito.
- Copia del Contrato de Crédito Hipotecario, suscrito entre la IFI y el Subprestatario.
- Pagaré emitido por la IFI.
Dentro de los 30 días siguientes a cada desembolso, la IFI deberá presentar a COFIDE copia de la Nota de Abono efectuada al Subprestatario y en un plazo de 90 días deberá remitir copia de la ficha o partida registral de la Vivienda. En el caso de construcción, tendrá un plazo de 60 días después de efectuada la independización de la vivienda para remitir la ficha o partida registral.
2. Adelanto de Recursos
EL IFI solicitará Adelanto de Recursos, presentando los siguientes documentos:
- Carta Solicitud de desembolso.
- Pagaré emitido por la IFI.
Dentro de los 90 días siguientes al Adelanto de Recursos, la IFI deberá efectuar los desembolsos a favor de los Subprestatarios, remitiendo a COFIDE, los siguientes documentos:
- Declaración Jurada del Subprestatario.
- Informe de Crédito.
- Copia del Contrato de Crédito Hipotecario, suscrito entre la IFI y el Subprestatario.
- Copia de la Nota de Abono.
- Pagaré correspondiente a cada Subpréstamo.
Dentro de los 90 días siguientes a los 90 días señalados para sustentar el Adelanto de Recursos, la IFI deberá remitir a COFIDE copia de la ficha o partida registral de la Vivienda.
3. Reembolso
La IFI solicitará el Reembolso, presentando los siguientes documentos:
- Carta Solicitud de desembolso.
- Declaración Jurada del Subprestatario.
- Informe de Crédito.
- Copia del Contrato de Crédito Hipotecario, suscrito entre la IFI y el Subprestatario.
- Copia de la Nota de Abono.
- Pagaré emitido por la IFI.
- Copia calendario original u otro documento que indique el saldo y el plazo vigente del crédito original.
- Ficha o partida registral de la Vivienda.
Seguimiento
COFIDE supervisará la correcta utilización de los recursos, para lo cual, podrá realizar visitas de inspección a las viviendas financiadas. En este sentido, COFIDE se reserva el derecho de declarar exigible el financiamiento otorgado en caso de comprobarse el uso no adecuado de los recursos o ante cualquier incumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Crédito de la Línea.