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Objetivo
Apoyar al crecimiento de las exportaciones peruanas mediante el financiamiento integral de los requerimientos de inversión, capital de trabajo y de las operaciones de comercio exterior de las personas naturales o jurídicas, domiciliadas en el Perú, que exporten bienes y/o servicios.
Recursos
Los recursos de este Programa estarán constituidos por fondos del Banco Interamericano de Desarrollo - BID, del Japan Bank for International Corporation - JBIC y COFIDE.
Canalización
A través de las Instituciones Financieras Intermediarias del Sistema Financiero, bajo sus tres componentes:
- Para Pre y Post Embarque (FIEX-PPE)
- Para Capital de Trabajo (FIEX-CT)
- Para Inversión (FIEX-INV)
Subprestatarios
Personas naturales o jurídicas que:
- Exporten directa o indirectamente por lo menos el 30% de su facturación o demuestren que los recursos solicitados se destinarán a financiar sus exportaciones.
- Se encuentren legalmente constituidas en el Perú con proyectos rentables, viables técnica, ambiental y financieramente y que, a juicio de la IFI, sean elegibles como sujeto de crédito.
Destino
- Operaciones de pre y post embarque de exportación;
- Capital de trabajo estructural;
- Inversión: adquisición de maquinaria, equipo y repuestos, ejecución de obras civiles y otros;
- Exportaciones de bienes de capital, bienes de consumo durable y servicios de ingeniería y montaje.
Condiciones Financieras
- Estructura del Programa:
Financia hasta el 100% del requerimiento del Subprestatario, de acuerdo a lo establecido por el Reglamento de Crédito de cada componente.
- Moneda
COFIDE efectuará desembolsos en Dólares Norteamericanos y sus recuperaciones serán en la misma moneda.
- Plazo y Forma de Pago:
FIEX-PPE: Hasta un (1) año.
FIEX-CT: Hasta tres (3) años, que puede incluir un periodo de gracia de hasta un (1) año.
FIEX-INV: Los plazos de amortización serán como mínimo de un (1) año y como máximo de quince (15) años, que pueden incluir un período de gracia según las necesidades de cada proyecto.
Para el FIEX-PPE el pago se realizará al vencimiento. Para los componentes FIEX-CT y FIEX-INV, el pago se realizará, preferentemente, mediante cuotas trimestrales. Las amortizaciones del principal y el pago de los respectivos intereses devengados por cada período, se realizarán al finalizar cada trimestre calendario durante la vigencia del mismo. Excepcionalmente, COFIDE podrá aprobar una forma de pago diferente según las necesidades específicas de cada operación.
- Tasa de Interés a la IFI
La que determine el Directorio de COFIDE.
- Tasa de Interés al Subprestatario
Se establecerá mediante libre negociación entre la IFI y el Subprestatario.
- Monto máximo por Subprestatario:
FIEX-PPE: Según requerimiento.
FIEX-CT: El monto máximo de los Subpréstamos otorgados a un mismo Subprestatario no podrá exceder de US$3'000,000.
FIEX-INV: El monto máximo por proyecto no podrá exceder de US$20'000, 000.
Ejecución del Programa
Para proceder a la aprobación y desembolso de los recursos, la IFI deberá de aplicar lo establecido para cada componente del Programa:
- FIEX PPE
Se deberá remitir la solicitud vía swift de la operación, de acuerdo a los procedimientos establecidos para este componente.
- FIEX-CT:
Remitir la solicitud de desembolso, el informe de crédito, la declaración del Subprestatario, el Contrato de préstamo entre el Subprestatario y la IFI y el pagaré de la IFI a favor de COFIDE. Asimismo, la IFI deberá tener en cuenta lo establecido por el Reglamento de Créditos del componente.
- FIEX-INV:
La solicitud de desembolso, el informe de crédito, la declaración del Subprestatario, el Contrato de préstamo entre el Subprestatario y la IFI, Declaración Jurada de Aspectos Ambientales presentada a la Unidad Ambiental correspondiente, con sello de recepción y el pagaré de la IFI a favor de COFIDE.
Asimismo, para el financiamiento bajo el componente FIEX-INV la IFI deberá tener presente los criterios de elegibilidad y restricciones establecidas por el Reglamento de Créditos del componente.
La IFI dispone de un plazo no mayor a cinco (5) días, para hacer efectivo el desembolso al Subprestatario y remitir, en un plazo no mayor a treinta (30) días contados a partir de la fecha del desembolso del Préstamo por parte de COFIDE, la Nota de Abono respectiva.
Supervisión y Control
La IFI tiene la obligación de realizar las supervisiones necesarias para controlar el uso adecuado de los recursos de acuerdo a los fines establecidos por el Programa y demás normas complementarias que se establezcan.
COFIDE se reserva el derecho de supervisar la correcta utilización de sus recursos. En caso de comprobarse, el uso no adecuado de los recursos o exista cualquier incumplimiento de lo señalado por el Reglamento de Crédito de los componentes del Programa según sea el caso, COFIDE podrá declarar exigible el financiamiento otorgado, quedando facultado de efectuar el débito automático del saldo pendiente de pago, aplicando las penalidades establecidas.
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